Las órdenes de restricción son una herramienta legal que existe en el Código Nacional de Procedimientos Penales y su principal función no es castigar, sino prevenir una agresión y evitar que continúe cuando ya existe un riesgo real sobre la integridad o la vida de una persona.
Así lo explicó la licenciada Mariana Díaz en el Martes de Legal, quien aclaró que aunque la dicta un juez, no se trata de una sentencia como tal, sino de una medida u orden de protección temporal.
«No se trata de castigar a alguien. Muchas veces el agresor dice ‘me están castigando, no puedo ver a mis hijos’, pero ojo, se trata de una prevención de un riesgo», señaló.
¿Cuánto dura?
Son temporales y se otorgan por un plazo que fija el juez. Pueden ir desde un mes, tres meses, hasta dos años, diez años e incluso hay casos que llevan 25 años renovándose, ya que al vencerse se puede solicitar su renovación, modificación, aumento o disminución de restricciones.
¿Cuándo pedirla? Desde la primera vez
La especialista enfatizó que no hay que esperar a que haya varias agresiones.
«No hay que esperarnos a una segunda agresión. Desde la primera, tú puedes acudir a la autoridad y decir tengo esta agresión, solicito una orden».
Y no solo aplica para golpes. La orden procede por:
- Violencia familiar y de pareja
- Acoso y hostigamiento
- Violencia psicológica, física
- Acecho y persecución – que te sigan, que estén afuera de tu casa observándote
- Chantaje, manipulación, gaslighting
- Violencia digital
Como ejemplo, citó el caso de una mujer que recibía de forma constante memes con contenido sexual de otra página, aunque no fueran escritos por el agresor, o el de un vecino que tras pedirle que no estorbara la cochera comenzó a agredir verbalmente a la familia y a las hijas.
La medida también aplica en ámbitos empresariales, laborales, deportivos y en gimnasios.
La recomendación principal: no avisar al agresor
El error más común es advertirle a la persona que se le va a poner una orden.
«Lo que sucede comúnmente es que el agresor incrementa la violencia al sentirse atacado. Yo lo que les sugiero es acudan a la autoridad correspondiente. Es mejor que la orden le llegue directamente», advirtió.
Si el agresor incumple la orden, debe reportarse de inmediato para que se le imponga una sanción mayor.
Sobre el acoso que sufren muchas mujeres por su forma de vestir, la abogada fue clara:
«Yo me seguiría vistiendo como yo quisiera y mejor acudes a las autoridades. La vestimenta forma parte de la libertad de expresión. Todos sabemos distinguir entre un halago y un hostigamiento».
Finalmente recordó que no es algo de qué avergonzarse y citó como ejemplo reciente a la cantante Alicia Villarreal, quien solicitó una orden de restricción contra su manager por agresiones.
«Tenemos las herramientas, no hay que abusar de ellas, pero sí hay que saber utilizarlas y aprovecharlas. No hay que esperar a que escale a un grado que ya no podamos controlar», concluyó.
Para asesoría, la Lic. Mariana Díaz atiende en el 449-201-43-77 y en redes sociales como Mariana Díaz.