Luego de las explosiones de pipas de gas registradas en las últimas semanas, el Congreso de Aguascalientes reformó la Ley de Movilidad para regular de manera estricta la circulación de unidades que transportan gas LP.
La reforma al artículo 178, fracción segunda, inciso C, faculta a la Agencia de Movilidad del Estado para fijar rutas, horarios y condiciones de circulación para todos los vehículos tipo tanque, semirremolques y unidades de reparto de gas en cilindros o a granel.
Los puntos clave de la nueva regulación:
1. Límites y control:
- Velocidad controlada de 40 km/h como norma y máximo de 60 km/h en vialidades primarias.
- GPS y sistema de geolocalización obligatorio en todas las unidades.
- Prohibido hacer trasvase de gas en vialidades terciarias o locales, y a menos de 50 metros de escuelas, hospitales, mercados y estaciones de servicio.
2. Horarios y rutas por capacidad:
La circulación quedará restringida de acuerdo al volumen de la pipa:
- Hasta 10,000 litros: Podrán circular por cualquier vialidad de la ciudad, de 10:00 a 18:00 horas.
- De 10,000 a 20,000 litros: Solo por vialidades primarias, regionales y de acceso controlado, de 10:00 a 18:00 horas.
- De 20,000 a 40,000 litros: Solo por vialidades primarias y regionales, exclusivamente en horario nocturno de 22:00 a 5:00 horas.
- Más de 40,000 litros: Prohibido circular dentro de la ciudad. Solo podrán transitar por vialidades regionales o de acceso controlado, sin perjuicio de los límites de peso y dimensiones del artículo 345 de la ley.
Con esta medida, el Estado busca prevenir accidentes y ordenar la operación de las gaseras en zonas urbanas de alto riesgo.