El Congreso del Estado aprobó con 25 votos a favor una reforma al Código Civil —impulsada por el diputado panista Max Ramírez— que elimina la obligación de contar con testigos para la elaboración de testamentos, dejando únicamente al notario y a los médicos que intervengan en el reconocimiento del testador.
¿Qué cambia?
- Artículo 1223: firmarán el acta el notario, el juez y los médicos que intervinieron, quienes deberán constar que el testador conservó «perfecta lucidez de juicio» durante todo el acto; sin esta constancia, el testamento será nulo.
- Artículo 1416: el notario deberá conocer al testador o cerciorarse de su identidad y de que se encuentra en su cabal juicio y libre de coacción.
- Opcionalidad: queda abierta la posibilidad de que el notario o el testador soliciten testigos cuando lo consideren necesario (por ejemplo, si el testador no sabe o no puede firmar).
La justificación
En su exposición de motivos, se señala que exigir dos testigos idóneos implica suponer que el notario público podría no ser de confianza —un argumento que cobra relevancia tras los hechos recientes donde notarios se han visto involucrados en actos de corrupción—. Además, solo nueve entidades del país, entre ellas Aguascalientes, aún exigían la presencia de testigos.
Contexto: notarías bajo la lupa
La aprobación llega en medio de escándalos y delitos de corrupción documentados en notarías de la entidad, incluido el caso de un notario preso acumulando penas por fraude a personas vulnerables.
La reforma simplifica la tramitología testamentaria, aunque mantiene las salvaguardas de la fe pública notarial y la valoración médica del testador.